RELACIÓN DE LA INFORMÁTICA EN EL ÁMBITO JURÍDICO.
Una primera forma de entender la relación entre el derecho y las
tecnologías de la información es interpretarla como la aplicación de
instrumentos tecnológicos a las operaciones que realizan quienes actúan en el
ámbito del derecho (abogados, jueces, peritos, etc).
A
esta concepción de la informática como herramienta utilizada por los
“operadores del derecho” se la llama usualmente con el nombre de Informática
Jurídica.
Por
contraposición, se denomina Derecho Informático problemas que surgen de las
transformaciones que el derecho ha ido realizando como imposición de ciertas
actividades novedosas que se desarrollan en el ámbito social y que requieren
nuevas regulaciones o una reinterpretación de las regulaciones ya existentes a
fin de dar respuestas en el sentido de la justicia.
LA INFORMÁTICA JURÍDICA:
Tradicionalmente
se ha diferenciado entre:
La Informática Jurídica de Gestión es la aplicación de la informática a las tareas cotidianas
de abogados, jueces, peritos, etc. a través del uso de computadoras y programas
para realizar tareas de procesamiento de textos, de almacenamiento de datos, para
efectuar comunicaciones mediante redes, etc.
La Informática Jurídica
Documental, por su parte, pretende
dar solución a las dificultades en el trabajo de recuperar documentos en
amplios repositorios jurídicos.
Desde la invención de la escritura, tanto las leyes como las
sentencias y los artículos de doctrina se expresan mediante documentos
escritos. En los últimos años, la cantidad de estos documentos jurídicos ha
crecido de manera tan elevada que ha hecho imprescindible la utilización de
potentes motores de búsqueda.
Básicamente, los motores de búsqueda actuales utilizan
combinaciones de distintos métodos de ordenación: clasificación temática,
búsqueda por palabras incorporadas y búsqueda por palabras del propio texto.
Asimismo hacen uso de operadores lógicos y sintácticos (conjunción, disyunción,
negación, adyacencia, proximidad, etc.).
La Informática Jurídica
Decisoria, a su vez, consiste en la
aplicación al derecho de técnicas y modelos de inteligencia artificial con el
objeto de lograr sistemas expertos que simulen el razonamiento jurídico. Esta
disciplina sí tiene en consideración las estructuras lógicas normativas y
trabaja a partir de sistemas inferenciales.
EL DERECHO INFORMÁTICO:
A partir del uso generalizado de sistemas informáticos y muy
especialmente con la utilización de las redes masivas, comenzaron a surgir
controversias jurídicas que no se prestaban a soluciones clásicas.
Las dificultades son, esencialmente, la caracterización jurídica
de los hechos que suceden en Internet, la determinación del lugar donde se
producen (ley aplicable y tribunal competente) y del tiempo en que suceden (en
los casos en que éste sea un elemento de configuración).
Así surgen dos puntos fundamentales a considerar: el dictado de
nuevas normas específicas y la reinterpretación de las normas existentes para
ser aplicadas a las nuevas situaciones.
Estos problemas han surgido en todas las ramas del derecho:
cuestiones de responsabilidad civil (violación de la propiedad intelectual,
relación entre marca y nombre de dominio, responsabilidad de los
administradores de redes y de los programadores), de derecho constitucional
(conflicto entre la protección de la intimidad y el derecho a la información
–necesariamente influido por los nuevos parámetros temporales-), de derecho
penal (violación de correspondencia /correos electrónicos, prácticas de
“hackeo”, injurias y amenazas por la red).
A causa del anonimato que predomina en las relaciones por Internet
se plantean también problemas de derecho tributario (por la dificultad de
fiscalizar las operaciones), de interpretación de los contratos (en los cuales
puede desconocerse la identidad de la contraparte, incluso si tiene capacidad
para ser contratante), además de enormes dificultades probatorias en los
procesos judiciales de cualquier índole.
Diariamente, aumentan los delitos, los daños no resarcidos, la
suplantación de identidad, etc. Para poder dar solución a estos problemas es
necesario introducir una reforma integral que afecte todo el orden jurídico,
para que así el derecho pueda asimilar el nuevo paradigma comunicacional.